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El Estudio acústico

Proyecto de estudio acústico

El estudio acústico viene regulado por la legislación acústica a nivel nacional, autónica o local, es por ello que en la realización del estudio acústico hay que tener en  cuenta los diferentes requisitos según la localidad donde se desarrolle la actividad molesta o con exceso de ruido.

A parte del ámbito legislativo hay estudios acústicos que se realizan para solucionar un determinado problema o molestia por ruido, en este caso, tras el análisis de las diferentes fuentes de ruido, mediante cálculos matemáticos o programas de simulación acústica se podrán determinar en el estudio acústico las adecuadas medidas correctoras.

En términos generales un estudio acústico es un documento que acompaña a la licencia ambiental o autorización ambiental integrada según se trate y comprenderá todas y cada una de las fuentes sonoras y una evaluación de las medidas correctoras a adoptar para garantizar que no se transmita al exterior o a locales colindantes, en las condiciones más desfavorables, niveles superiores a los establecidos en la presente ley. Artículo 36.Estudios acústicos de la Ley 7-2002, de 3 de diciembre, de la Generalitat Valenciana de Protección contra la Contaminación Acústica

Artículo 17. Estudios acústicos. Decreto 266/2004, de 3 de diciembre,  por el que se establecen normas de prevención y corrección de la contaminación acústica en relación con actividades, instalaciones, edificaciones, obras y servicios.

En el estudio acústico se analizarán en detalle: 

a) Nivel de ruido en el estado preoperacional, mediante la elaboración de un informe de los niveles sonoros expresados como LAeq.t en el ambiente exterior del entorno de la actividad, infraestructura o instalación, tanto en el periodo diurno como en el nocturno.
b) Nivel de ruido estimado en el estado de explotación, mediante la predicción de los niveles sonoros en el ambiente exterior durante los periodos diurno y nocturno.
c) Evaluación de la influencia previsible de la actividad, mediante comparación del nivel acústico en los estados preoperacional y operacional, con los valores límite definidos en el presente reglamento para las zonas o áreas acústicas que sean aplicables.
d) Definición de las medidas correctoras en el estudio acústico de la transmisión de ruidos o vibraciones a implantar en la nueva actividad, en caso de resultar necesarias como consecuencia de la evaluación efectuada, y previsión de los efectos esperados. A tal efecto el estudio acústico deberá tenerse en cuenta las prescripciones para prevenir la transmisión de vibraciones a las que se refiere el artículo 16 del presente decreto.

En los proyectos de actividades se considerará en el estudio acústico, las posibles molestias por ruido que por efectos indirectos puedan ocasionarse en las inmediaciones de su implantación, con objeto de proponer y diseñar las medidas correctoras adecuadas en el estudio acústico para evitarlas o disminuirlas. A estos efectos, deberá prestarse especial atención en el estudio acústico a las actividades que generan tráfico elevado de vehículos como almacenes, locales públicos y, especialmente, actividades previstas en zonas de elevada densidad de población o con calles estrechas de difícil maniobra y/o con escasos espacios de aparcamiento y aquellas que requieren operaciones de carga o descarga.

El estudio acústico es fundamental a la hora de definir las condiciones de insonorización y soluciones frente al ruido (medidas correctoras) de cara a pasar la auditoria acústica o certificado acústico final.

 A continuación se desarrollan algunos de las SECTORES en los que es necesario realizar estudios acústicos:

Realización del estudio acústico según el Documento Básico de Protección Frente al ruido, DB-HR: acompañado de control de obra en la edificación realizado por ingenieros acústicos expertos en estudios acústicos para el adecuado control acústico en la edificación.

Estudios de ruido en infraestructuras de tráfico rodado: Estudio de impacto acústico de carreteras,  modificaciones y ampliaciones. Establecimiento de medidas preventivas y correctoras contra la contaminación acústica,  soluciones en estudio acústico de recomendaciones para la delimitación de servidumbres acústicas y de zonas de transición acústica.

Estudios acústicos de instrumentos de planeamiento territorial, de ordenación urbana o de planeamiento urbanístico (planes generales de ordenación urbana, planes parciales): establecer las zonas acústicas, determinación de zonas de servidumbre acústica, delimitación de zonas tranquilas.

Estudios acústico de ruidos y de vibraciones de infraestructuras ferroviarias: Estudio de impacto acústico y vibratorio de infraestructuras ferroviarias, líneas de alta velocidad.

Estudios acústico en industria: Estudios acústicos en base a modelos predictivos y a mediciones de ruido preoperacionales de una actividad industrial o de generación de energía ruidosa o calificada como molesta. Determinación de los niveles sonoros futuros, y propuesta de medidas preventivas y correctivas, incluyendo soluciones de ingeniería acústica. Tiene mayor aplicación en las Industrias extractivas, parques eólicos y centrales y plantas de cogeneración de energía.

Estudio de impacto acústico ambiental: Para obtener la aprobación de un estudio de impacto ambiental es necesario evaluar la posible molestia por ruido una vez la actividad esté en funcionamiento , instalación industrial, infraestructura, urbanización, según ese estudio se definirán las medidas correctoras en caso de resultar necesarias dentro del estudio de impacto acústico.